Se publica hoy 06 de
julio de 2026 en el Diario Oficial El Peruano la Ley n. ° 32716 que crea el Registro Nacional de Precedentes.
-Se señala que “Los
precedentes se definen y son aprobados conforme a las normas y procedimientos
propios del órgano jurisdiccional o administrativo que los emite, de
conformidad con la ley de la materia” (Art. 3)
-Se crea el Registro
Nacional de Precedentes, señalándose que es de acceso público y gratuito, como
instrumento de sistematización, publicidad y difusión de los precedentes
emitidos por el Tribunal Constitucional, el Poder Judicial, y los tribunales
administrativos correspondientes, conforme a la ley de la materia.
-Se expresa que “el
Registro debe mantenerse permanentemente actualizado (Art. 4). Es administrado
por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para lo cual implementa una
plataforma digital que garantice el libre acceso en línea de la ciudadanía, los
operadores jurídicos y las entidades públicas” (Art. 5)
Aquí se puede encontrar
el enlace de acceso a la referida ley:
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2531905-3
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