En resolución emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú (Apelación Nº 220-2024-Corte Suprema), publicado ayer 07/07/2025 en la página web del Poder Judicial, se declara infundado el recurso de apelación presentado por un procesado, contra la resolución del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, que declaró improcedente el pedido de nulidad del auto de enjuiciamiento.
En el caso una persona procesada por el delito de cohecho pasivo específico solicitó la nulidad del auto de enjuiciamiento. Este pedido fue declarado improcedente, por lo que presentó apelación para que el caso sea revisado por la Corte Suprema.
El recurrente, entre otros cuestionamientos, alegó una notificación defectuosa de la resolución que se pronunció sobre la admisión de medios probatorios y del auto de enjuiciamiento (emitidos en la audiencia de control de acusación).
La Corte Suprema desestima los agravios realizados por el recurrente, declara infundada la apelación contra el auto que declaró improcedente la nulidad del auto de enjuiciamiento, al considerar que “no existen vicios insubsanables que afecten de nulidad el auto de enjuiciamiento ni la resolución que desestimó determinados medios de prueba que ofreció el procesado”
Aquì puede encontrarse el enlace de acceso a la referida resolución:
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